Cantabria
Regulación. A fecha de octubre de 2022 pendiente de publicación: Orden por la que se regula el procedimiento para la solicitud, registro y expedición del documento certificativo que acredite a las personas extranjeras que, encontrándose en la Comunidad Autónoma de Cantabria no tengan residencia legal en territorio español, para recibir asistencia sanitaria en el ámbito del sistema sanitario público de Cantabria.
- La orden SAN 38/2015 fue anulada por el Tribunal Supremo en 2019.
Procedimiento para el acceso. Solicitud: servicio de admisión del centro de salud. Validación por unidad de aseguramiento; Acceso durante el trámite: alta provisional; Tipo de documento (futura orden): Documento certificativo que acredite para recibir asistencia sanitaria en el Sistema Sanitario Público de Cantabria; Vigencia: 2 años; Requisitos: identidad y empadronamiento, alternativa: (futura orden) informe social.
Acceso los primeros 90 días. Actualmente no regulado: atención de urgencias con facturación; a partir de la aprobación de la Orden, acceso a través de informe social. Trabajo social de los centros de salud.
Acceso en situaciones de estancia. Idem.
Certificado de no exportación. En la futura Orden, se acepta declaración responsable.
Menores y mujeres embarazadas. Actualmente atención con posibilidad de facturación, en la futura Orden, acceso a través de informe social.
Atención de urgencias sin tarjeta. Posibilidad de facturación.
Acceso de ascendientes reagrupadas. Convenio especial, no hay alternativas.
Acceso a la información. Limitada en la web: https://www.scsalud.es/asistencia-sanitaria-extranjeros; Futura Orden: https://participacion.cantabria.es/normativa/-/normativas/ver/1502.