Castilla y León

Regulación. Programa asistencial de carácter social para la población extranjera en situación administrativa irregular residente en la Comunidad de Castilla y León y con recursos económicos insuficientes, Junio 2018.

Procedimiento para el acceso. Solicitud: servicio de admisión del centro de salud, y en la mayoría de centros se cita con Trabajo Social para hacer la solicitud. Validación por unidad de aseguramiento; Acceso durante el trámite: alta provisional en situaciones excepcionales: problemas de salud que requiere atención inmediata, medicación crónica, etc. Si no, no se da alta temporal y se factura la atención de urgencia; Tipo de documento: Documento Acreditativo de inclusión en el Programa; Vigencia: al menos 1 año, más dependiendo de la caducidad del documento de identidad; Requisitos: identidad y empadronamiento, que no haya sido expedido con más de un mes de antigüedad, alternativa: el programa contempla documentos alternativos pero no se suelen aceptar, se valora informe social de ONG. En el Programa aparece como requisito un certificado de ingresos iguales o inferiores en cómputo anual al IPREM, pero en la práctica ya no se pide.

Acceso los primeros 90 días. No regulado. En casos de necesidad de salud se tramita una cita puntual para atención sanitaria a través de Trabajo social. Si no, atención de urgencias facturable.

Acceso en situaciones de estancia. No regulado. Atención de urgencias facturable.

Certificado de no exportación. En caso de dificultad se acepta declaración responsable.

Menores y mujeres embarazadas. En el caso de mujeres embarazadas se tramita alta provisional a través de Trabajo Social del centro de salud, y en paralelo se solicita el documento acreditativo con los mismos requisitos que el resto (empadronamiento de más de tres meses e identidad). En algunos casos aún así se factura la asistencia, que se puede reclamar y eliminar. En el caso de menores, hay diversidad de funcionamientos según el centro: en algunos se tramita un alta provisional de la misma manera, y en otros se espera a cumplir los 90 días para solicitar el documento acreditativo.

Se presta atención con cargo a fondos públicos (alta temporal) a personas con patologías infecciosas consideradas de riesgo para la salud pública, a través de Trabajo Social e informe médico.

Atención de urgencias sin tarjeta. Se entrega siempre aviso de facturación, se paraliza si se obtiene documento acreditativo. Si no, se emite factura, y se puede quitar si se obtiene documento acreditativo.

Acceso de ascendientes reagrupadas. Convenio especial, no hay alternativas.

Acceso a la información. Programa, en la web, información limitada:
https://gobiernoabierto.jcyl.es/web/jcyl/GobiernoAbierto/es/Plantilla100DetalleFeed/1284216489702/Programa/1284810924563/Comunicacion

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